Índice de contenidos
- 1 1. ¿Cuál es la definición de prometido?
- 2 2. ¿Cuál es la diferencia entre visa de inmigrante y no inmigrante?
- 3 3. ¿Qué se puede dar como prueba de una relación de prometido?
- 4 4. ¿Puede un titular de una visa K-1 salir de los Estados Unidos?
- 5 5. ¿Puede un titular de una visa K-1 trabajar en los Estados Unidos?
- 6 6. ¿Qué hacer si mi prometido tiene hijos que quiero que vengan a los Estados Unidos?
- 7 7. ¿Puede mi prometido viajar fuera de los Estados Unidos?
- 8 8. ¿Cuánto tiempo se tarda?
- 9 9. ¿Mi prometido obtendrá un permiso de trabajo?
- 10 10. ¿Cómo puedo verificar el estado de mi solicitud?
- 11 11. ¿Qué pasa si se niega mi visa? ¿Cómo puedo apelar?
- 12 12. Tengo más preguntas.
- 13 13. Seguridad social para inmigrantes estadounidenses
- 14 14. ¿Qué debo saber sobre la Ley de Regulación de Corredores de Matrimonios Internacionales (IMBRA)?
- 15 15. ¿Existe alguna limitación para la presentación de peticiones K de no inmigrantes?
- 16 16. ¿Qué pasa si yo, el ciudadano estadounidense, no tengo los documentos necesarios para presentar la petición K-1?
- 17 17. ¿Cuáles son las sanciones por proporcionar información falsa?
- 18 18. ¿Cuáles son las sanciones por fraude matrimonial?
- 19 19. ¿Qué pasa si se niega mi visa? ¿Cómo puedo apelar?
1. ¿Cuál es la definición de prometido?
Un prometido es una persona comprometida o contratada para casarse. El matrimonio debe ser legalmente posible de acuerdo con las leyes del estado de los Estados Unidos donde se llevará a cabo el matrimonio.
En general, las dos personas deben haberse conocido en persona en los últimos dos años. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) del Departamento de Seguridad Nacional otorga algunas excepciones a este requisito. Por ejemplo, en algunas tradiciones puede ser contrario que un hombre y una mujer se conozcan antes del matrimonio.
A veces, el USCIS considera a una persona como un «prometido» aunque se haya celebrado un contrato matrimonial. En tales casos, el peticionario ciudadano estadounidense y su cónyuge no se han conocido y no han consumado el matrimonio.
2. ¿Cuál es la diferencia entre visa de inmigrante y no inmigrante?
Hay dos tipos de visas, inmigrante y no inmigrante. En una visa de inmigrante, el solicitante solicita la residencia permanente en los Estados Unidos. Con una visa de no inmigrante, el solicitante está visitando los Estados Unidos por un período temporal de tiempo por turismo, tratamiento médico, negocios, estudio temporal o trabajo temporal.
3. ¿Qué se puede dar como prueba de una relación de prometido?
Algunos ejemplos de evidencia son fotografías familiares y otras (antiguas y recientes) que muestran a la pareja junta, cartas, tarjetas, correspondencia y registros telefónicos.
4. ¿Puede un titular de una visa K-1 salir de los Estados Unidos?
La visa K-1 permite que un prometido ingrese a los Estados Unidos solo una vez. Si sale de los Estados Unidos después de ingresar con una visa K-1, no puede volver a entrar con la misma visa. Si desea salir y volver a ingresar a los Estados Unidos, debe solicitar con el Formulario I-131 Solicitud de Documento de Viaje en la oficina de USCIS que atiende el área donde vive para obtener la libertad condicional anticipada para regresar a los Estados Unidos. Consulte Viajes de emergencia para obtener información sobre cómo obtener un documento de viaje que le permita regresar a los Estados Unidos.
5. ¿Puede un titular de una visa K-1 trabajar en los Estados Unidos?
Como titular de una visa K-1, puede presentar el Formulario I-765 de Solicitud de Autorización de Empleo en la oficina de USCIS que atiende el área donde vive para obtener un permiso de trabajo (documento de autorización de empleo).
Descargar Formulario de autorización de empleo I-765
6. ¿Qué hacer si mi prometido tiene hijos que quiero que vengan a los Estados Unidos?
El hijo de un prometido puede recibir una visa K-2 derivada de la petición de prometido de sus padres. Usted, el peticionario ciudadano estadounidense, debe asegurarse de nombrar al niño en la petición I-129F. Después del matrimonio del padre del niño y el ciudadano estadounidense, el niño necesitará un formulario I-485 por separado, Solicitud para registrar la residencia permanente o para ajustar el estatus. El niño puede viajar con (acompañar) al padre / prometido K-1 o viajar más tarde (seguir para unirse) dentro de un año a partir de la fecha de emisión de la visa K-1 a su padre / madre. No se requiere una petición por separado si los niños acompañan o siguen al prometido extranjero dentro de un año a partir de la fecha de emisión de la visa K-1. Si es más de un año desde la fecha de emisión de la visa, se requiere una petición de visa de inmigrante por separado.
Recuerde que en la ley de inmigración un niño debe estar soltero. La relación padrastro / hijastro debe crearse antes de que el niño cumpla los 18 años.
7. ¿Puede mi prometido viajar fuera de los Estados Unidos?
Si está solicitando un ajuste al estado de residente permanente, debe recibir un permiso por adelantado para regresar a los Estados Unidos si viaja fuera de los Estados Unidos. Este permiso anticipado se llama Libertad Condicional anticipada. Si no solicita la libertad condicional anticipada antes de salir del país, abandonará su solicitud con Inmigración y es posible que no se le permita regresar a los Estados Unidos. Para obtener más información, consulte ¿Cómo obtengo un documento de viaje?.
8. ¿Cuánto tiempo se tarda?
El período de tiempo varía de un caso a otro según las circunstancias. Algunos casos se retrasan porque el solicitante no sigue las instrucciones con cuidado o proporciona información incompleta. (Es importante proporcionar direcciones y números de teléfono correctos). Además, es posible que la embajada o el consulado necesiten obtener una autorización de seguridad para el solicitante. Las autorizaciones de seguridad toman tiempo.
9. ¿Mi prometido obtendrá un permiso de trabajo?
Después de llegar a los Estados Unidos, su prometido será elegible para solicitar un permiso de trabajo. (Debe tener en cuenta que es posible que USCIS no pueda procesar el permiso de trabajo dentro del límite de tiempo de 90 días para que se lleve a cabo su matrimonio). Su prometido debe usar el Formulario I-765 para solicitar un permiso de trabajo. Consulte ¿Cómo obtengo un permiso de trabajo? para más información. Si su prometido solicita un ajuste al estado de residente permanente, su prometido debe volver a solicitar un nuevo permiso de trabajo después del matrimonio.
10. ¿Cómo puedo verificar el estado de mi solicitud?
Comuníquese con la oficina de USCIS que recibió su solicitud. Debe estar preparado para proporcionar al personal de USCIS información específica sobre su solicitud. Por favor haga clic aquí para obtener instrucciones completas sobre cómo verificar el estado de su solicitud de visa.
11. ¿Qué pasa si se niega mi visa? ¿Cómo puedo apelar?
Si se rechaza su solicitud de visa de prometido, la carta de denegación le dirá cómo apelar. Generalmente, puede apelar dentro de los 33 días posteriores a la recepción de la denegación por correo. Su apelación debe presentarse en el formulario I-290B de USCIS. La apelación debe presentarse en la oficina que tomó la decisión original. Después de que se procesen su formulario de apelación y una tarifa requerida, la apelación se remitirá a la Unidad de Apelaciones Administrativas (AAU) en Washington, DC. (Enviar la apelación y la tarifa directamente a la AAU retrasará el proceso).
12. Tengo más preguntas.
Si necesita asesoramiento, puede comunicarse con la Oficina de Distrito de USCIS más cercana para obtener una lista de organizaciones comunitarias sin fines de lucro que pueden ayudarlo a solicitar un beneficio de inmigración. Puedes visitar el Página de inicio de las oficinas de campo de USCIS para obtener más información sobre cómo comunicarse con las oficinas de USCIS. Además, la página web de USCIS proporciona información sobre cómo obtener asesoramiento legal gratuito.
Su prometido puede solicitar una tarjeta de número de seguro social. Hay muchas ventajas de tener una tarjeta de número de seguro social cuanto antes, mejor.
Un residente permanente de los Estados Unidos necesita un número de seguro social para:
- Trabajar en los Estados Unidos
- Realizar negocios con un banco o institución financiera.
- Pagar impuestos o reclamar en una declaración de impuestos
- Y para otros fines no enumerados.
>> Consulte la Sitio web de la seguridad social para más instrucciones
14. ¿Qué debo saber sobre la Ley de Regulación de Corredores de Matrimonios Internacionales (IMBRA)?
Si conoció a su prometido o cónyuge a través de los servicios de un corredor matrimonial internacional, debe notificar al USCIS de ese hecho respondiendo la Pregunta 19 en el formulario I-129F. El término corredor matrimonial internacional significa una corporación, sociedad, empresa, individuo u otra entidad legal, organizada o no bajo cualquier ley de los Estados Unidos, que cobra tarifas por brindar servicios de citas, matrimonios, emparejamiento o referencias sociales entre Estados Unidos. ciudadanos o nacionales o extranjeros admitidos legalmente en los Estados Unidos como residentes permanentes legales y clientes nacionales extranjeros al proporcionar información de contacto personal o facilitar la comunicación entre individuos. Para conocer los requisitos adicionales de IMBRA, consulte el Formulario I-129F.
Descargue el Formulario I-129F
15. ¿Existe alguna limitación para la presentación de peticiones K de no inmigrantes?
Si ha presentado dos o más solicitudes de visa K-1 en cualquier momento en el pasado o si anteriormente se aprobó una solicitud de visa K-1 dentro de los dos años anteriores a la presentación de la solicitud actual, debe solicitar una exención. Para solicitar una exención, debe enviar una solicitud por escrito con esta petición acompañada de la documentación de su reclamo a la exención.
Si ha cometido un delito violento contra una persona, el USCIS no puede otorgar tal exención a menos que pueda demostrar que existen circunstancias extraordinarias. Para obtener detalles sobre esas circunstancias, consulte el Formulario 129F.
Descargue el Formulario I-129F
16. ¿Qué pasa si yo, el ciudadano estadounidense, no tengo los documentos necesarios para presentar la petición K-1?
En su lugar, puede proporcionar a USCIS la siguiente evidencia secundaria. Sin embargo, USCIS puede solicitar por escrito que obtenga una declaración de la autoridad civil correspondiente que certifique que el documento necesario no está disponible. Cualquier evidencia presentada debe contener suficiente información, como una fecha de nacimiento, para establecer el evento que está tratando de probar.
- Certificado de bautismo
Una copia, anverso y reverso, del certificado bajo el sello de la iglesia, sinagoga u otra entidad religiosa que muestre dónde ocurrió el bautismo, la dedicación o un rito comparable, así como la fecha y el lugar de nacimiento del niño, la fecha del bautismo y los nombres. de los padres del niño. El bautismo debe haber ocurrido dentro de los dos meses posteriores al nacimiento del niño. - Registro de escuela
Una carta de la autoridad escolar (preferiblemente de la primera escuela a la que asistió), que muestre la fecha de admisión a la escuela, la fecha o edad del niño en ese momento, el lugar de nacimiento y los nombres de los padres. - Registro del censo
Registro del censo estatal o federal que muestre el (los) nombre (s), fecha (s) y lugar (s) de nacimiento o edad (s) de la (s) persona (s) enumeradas. -
Declaraciones juradas
Declaraciones escritas juradas o afirmadas por dos personas que se encontraban viviendo en ese momento y que tienen conocimiento personal del hecho. Por ejemplo, un evento como un nacimiento, matrimonio o muerte. Las personas que hacen las declaraciones juradas pueden ser parientes y no tienen que ser ciudadanos de los Estados Unidos. Cada declaración jurada debe contener el nombre completo y la dirección de la persona, la fecha y el lugar de nacimiento y la relación con usted, y debe describir completamente el evento y explicar cómo adquirió conocimiento del evento.
17. ¿Cuáles son las sanciones por proporcionar información falsa?
El Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 100 establece que quien falsifique total y conscientemente un hecho material, haga una declaración falsa o use un documento falso será multado con hasta $ 10,000 o encarcelado por hasta cinco años, o ambos.
18. ¿Cuáles son las sanciones por fraude matrimonial?
El Título 8, Código de los Estados Unidos, Sección 1325 establece que cualquier persona que a sabiendas celebre un contrato matrimonial con el propósito de evadir cualquier disposición de las leyes de inmigración será encarcelada por no más de cinco años o multada por no más de $ 250,000, o ambos.
19. ¿Qué pasa si se niega mi visa? ¿Cómo puedo apelar?
Si se rechaza su solicitud de visa de prometido, la carta de denegación le indicará cómo apelar. Generalmente, puede apelar dentro de los 33 días posteriores a la recepción de la denegación por correo. Su apelación debe presentarse en el formulario I-290B de USCIS. La apelación debe presentarse en la oficina que tomó la decisión original. Después de que se procesen su formulario de apelación y una tarifa requerida, la apelación se remitirá a la Unidad de Apelaciones Administrativas (AAU) en Washington, DC. (Enviar la apelación y la tarifa directamente a la AAU retrasará el proceso).