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Preguntas frecuentes sobre la tarjeta de residencia basada en la familia: preguntas frecuentes

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Q1. ¿Qué documentos puedo usar para demostrar que soy ciudadano de los Estados Unidos?

  • Si nació en los Estados Unidos, una copia de su acta de nacimiento, emitida por el registrador civil, la oficina de estadísticas vitales u otra autoridad civil. Si no hay un certificado de nacimiento disponible, consulte el formulario I-130 para obtener más detalles «.
  • Una copia de su certificado de naturalización o certificado de ciudadanía emitido por USCIS o el antiguo INS.
  • Una copia del formulario FS-240, Informe de nacimiento en el extranjero de un ciudadano de los Estados Unidos, emitido por una embajada o consulado estadounidense.
  • Una copia de su pasaporte estadounidense vigente
  • Una declaración original de un funcionario consular de los EE. UU. Que verifique que usted es ciudadano estadounidense con un pasaporte válido.

Q2. ¿Qué documentos necesito para demostrar que soy un residente permanente?

Si es residente permanente, debe presentar su petición con una copia del anverso y reverso de su tarjeta de residente permanente. Si aún no ha recibido su tarjeta, envíe copias de la página biográfica de su pasaporte y la página que muestra la admisión como residente permanente, u otra evidencia de residencia permanente emitida por USCIS o el antiguo INS.

Q3. ¿Qué documentos necesito para demostrar una relación familiar?

Tiene que demostrar que existe una relación familiar entre usted y su pariente al presentar la petición. Si está solicitando:

Esposo o esposa, presente la siguiente documentación:

  • Copia de su certificado de matrimonio.
  • Si usted o su cónyuge estuvieron casados ​​anteriormente, presente copias de los documentos que demuestren que todos los matrimonios anteriores se terminaron legalmente.
  • Una foto a color estilo pasaporte de usted mismo y una foto a color estilo pasaporte de su esposo o esposa, tomadas dentro de los 30 días posteriores a la fecha de esta petición. Las fotos deben tener un fondo blanco y ser brillantes, sin retoques y sin montar. Las dimensiones de la imagen facial frontal completa deben ser de aproximadamente 1 pulgada desde la barbilla hasta la parte superior del cabello. Con lápiz o rotulador, escriba ligeramente el nombre (y el número de registro de extranjero, si lo conoce) en la parte posterior de cada fotografía.
  • Un Formulario G-325A, Información biográfica, completo y firmado para usted y un Formulario G-325A para su esposo o esposa. A excepción de su nombre y firma, no tiene que repetir en el Formulario G-325A la información proporcionada en su petición del Formulario I-130.

Un niño y tu eres la madre: Envíe una copia del acta de nacimiento del niño que muestre su nombre y el nombre de su niño.

Un niño y tu eres el padre: Envíe una copia del certificado de nacimiento del niño que muestre los nombres de ambos padres y su certificado de matrimonio.

Un niño nacido fuera del matrimonio y tu eres el padre: Si el niño no fue legitimado antes de cumplir los 18 años, debe presentar su petición con copias de evidencia de que existía una relación genuina entre padre e hijo antes de que el niño cumpliera 21 años. Esto puede incluir evidencia de que el padre vivía con el niño, lo mantenía o mostraba un interés paterno continuo en el bienestar del niño.

Un hermano o hermana: Envíe una copia de su certificado de nacimiento y una copia del certificado de nacimiento de su hermano o hermana que demuestre que tiene al menos un padre en común. Si usted y su hermano o hermana tienen un padre en común pero madres diferentes, envíe copias de los certificados de matrimonio del padre a cada madre y copias de los documentos que demuestren que los matrimonios anteriores de su padre o de sus madres se terminaron legalmente. Si usted y su hermano o hermana están relacionados por adopción o por medio de un padrastro o madrastra, o si tienen un padre en común y ninguno de los dos estaba legitimado antes de cumplir 18 años, consulte el Formulario I-130 para obtener más detalles.

Una madre: Envíe una copia de su acta de nacimiento que muestre su nombre y el de su madre.

Un padre: Envíe una copia de su certificado de nacimiento que muestre los nombres de ambos padres. También entregue una copia del certificado de matrimonio de sus padres que establezca que su padre estaba casado con su madre antes de que usted naciera, y copias de los documentos que demuestren que los matrimonios anteriores de su padre o su madre se terminaron legalmente. Si presenta una solicitud para un padrastro o un padre adoptivo, o si presenta una solicitud para su padre y no fue legitimado antes de cumplir 18 años, consulte el Formulario I-130 para obtener más detalles.

Padrastro / hijastro: Si su petición se basa en una relación de padrastro-hijastro, debe presentar su petición con una copia del certificado de matrimonio del padrastro y el padre biológico del niño que demuestre que el matrimonio ocurrió antes del cumpleaños número 18 del niño, y copias de los documentos que demuestren que todos los matrimonios anteriores fueron terminados legalmente.

Padre adoptivo o hijo adoptivo: Si usted y la persona por la que presenta la solicitud están emparentados por adopción, debe presentar una copia de los decretos de adopción que demuestren que la adopción se llevó a cabo antes de que el niño estuviera listo para adoptar, debe presentar una copia del decreto de adopción. (s) que demuestren que la adopción del hermano ocurrió antes de que el niño cumpliera 18 años. En cualquier caso, también debe presentar copias de las pruebas de que cada niño estaba bajo la custodia legal de los padres que lo adoptaron y residió con ellos durante al menos dos años antes o después de la adopción. La custodia legal solo puede ser otorgada por un tribunal o una entidad gubernamental reconocida y generalmente se otorga en el momento en que se finaliza la adopción. Sin embargo, si la custodia legal es otorgada por un tribunal o una agencia gubernamental reconocida antes de la adopción, ese tiempo puede contar para cumplir con el requisito de custodia legal de dos años.

Q4. ¿Cuáles son las sanciones por fraude matrimonial o envío de información falsa?

El Título 8, Código de los Estados Unidos, Sección 1325, establece que cualquier individuo que a sabiendas celebre un contrato matrimonial con el propósito de evadir cualquier disposición de las leyes de inmigración será encarcelado por no más de cinco años o multado por no más de $ 250,000, o ambos. El Título 18, Código de los Estados Unidos, Sección 1001, establece que quien intencionalmente y a sabiendas falsifique un hecho material, haga una declaración falsa o use un documento falso será multado con hasta $ 10,000, encarcelado por hasta cinco años, o ambos.

Q5. Tengo consultas adicionales o específicas sobre visas. ¿Dónde puedo obtener estas respuestas?

  • El solicitante debe hacer preguntas sobre los procedimientos de solicitud de visa y las inelegibilidad de visa a la oficina consular estadounidense en el extranjero. Antes de enviar su consulta, le solicitamos que revise cuidadosamente este sitio web y también el sitio web de la Embajada Consular en el extranjero. Muy a menudo encontrará la información que necesita.
  • Si su consulta se refiere a un caso de visa en curso en el extranjero, primero debe comunicarse con la Embajada o el Consulado de los Estados Unidos que maneja su caso para obtener información sobre el estado. Seleccione la Embajada o el Consulado de los EE. UU. Y puede elegir el sitio de Internet de la Embajada o el Consulado con el que debe comunicarse