
Índice de contenidos
- 1 P: Soy ciudadano estadounidense. Mi hijo nacerá en el extranjero o nació recientemente en el extranjero. ¿Cómo registro su nacimiento y ciudadanía estadounidense?
- 2 P: Nací en el extranjero. Mi nacimiento y ciudadanía estadounidense fueron registrados en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos. Necesito una copia de la evidencia de mi ciudadanía. ¿A quién debo contactar?
- 3 P: Nací en el extranjero. Creo que era ciudadano estadounidense al nacer porque uno o ambos padres eran ciudadanos estadounidenses cuando nací. Pero mi nacimiento y ciudadanía no estaban registrados en la Embajada de los Estados Unidos cuando nací. ¿Puedo solicitar que se reconozca mi ciudadanía?
- 4 P: ¿Qué documentos se aceptan generalmente como prueba de ciudadanía estadounidense?
- 5 P: ¿Cómo reemplazo un certificado de naturalización o certificado de ciudadanía perdido, robado o destruido?
- 6 P: ¿Hay adaptaciones especiales para solicitantes con discapacidad para el proceso de naturalización?
- 7 P: ¿Necesito renovar mi tarjeta de residente permanente cuando el USCIS emite una nueva versión de la tarjeta?
- 8 P: ¿Puedo volver a convertirme en ciudadano estadounidense después de perder mi ciudadanía estadounidense una vez?
- 9 P: ¿Qué es CPIAP, Programa de alerta de emisión de pasaportes para niños?
- 10 P: ¿Cómo puedo cambiar mi nombre en mi pasaporte estadounidense?
- 11 P: ¿Existen pasos y reglas de naturalización especiales para el personal militar de los EE. UU.?
P: Soy ciudadano estadounidense. Mi hijo nacerá en el extranjero o nació recientemente en el extranjero. ¿Cómo registro su nacimiento y ciudadanía estadounidense?
R: Comuníquese con el Departamento de Estado de EE. UU. O la Embajada / Consulado de EE. UU. En el país donde nacerá su hijo para obtener más información sobre los requisitos de elegibilidad y cómo registrar la ciudadanía estadounidense de su hijo.
P: Nací en el extranjero. Mi nacimiento y ciudadanía estadounidense fueron registrados en la Embajada o Consulado de los Estados Unidos. Necesito una copia de la evidencia de mi ciudadanía. ¿A quién debo contactar?
R: Comuníquese con el Departamento de Estado de EE. UU. Para obtener más información, consulte su sitio web en www.state.gov
P: Nací en el extranjero. Creo que era ciudadano estadounidense al nacer porque uno o ambos padres eran ciudadanos estadounidenses cuando nací. Pero mi nacimiento y ciudadanía no estaban registrados en la Embajada de los Estados Unidos cuando nací. ¿Puedo solicitar que se reconozca mi ciudadanía?
R: Sí, pero tenga en cuenta que si una persona nacida fuera de los EE. UU. De un padre ciudadano de EE. UU. Es ciudadano de EE. UU. Depende de la ley vigente cuando nació la persona. Estas leyes han cambiado a lo largo de los años, pero por lo general requieren una combinación de que el padre sea ciudadano de los EE. UU. Cuando nació el niño y que haya vivido en los EE. UU. O sus posesiones durante un período de tiempo. La tabla de la página siguiente ofrece algunos ejemplos de requisitos recientes. La ciudadanía derivada puede ser bastante compleja y puede requerir un análisis legal cuidadoso.
P: ¿Qué documentos se aceptan generalmente como prueba de ciudadanía estadounidense?
R: Los documentos más comunes que establecen la ciudadanía estadounidense son:
- Certificado de nacimiento, emitido por un estado de los EE. UU. (Si la persona nació en los EE. UU.), O por el Departamento de Estado de los EE. UU. (Si la persona nació en el extranjero y los padres registraron el nacimiento del niño y la ciudadanía estadounidense al nacer en la Embajada de EE. UU. O Consulado).
- Pasaporte de EE. UU., Emitido por el Departamento de Estado de EE. UU.
-
Certificado de ciudadanía, emitido a una persona nacida fuera de los EE. UU. Que todavía era ciudadana estadounidense al nacer, o a una persona que luego se convirtió automáticamente en ciudadana estadounidense.
- Certificado de naturalización, emitido a una persona que se convirtió en ciudadano estadounidense después del nacimiento a través del proceso de naturalización.
P: ¿Cómo reemplazo un certificado de naturalización o certificado de ciudadanía perdido, robado o destruido?
R: Para solicitar el reemplazo de su certificado de naturalización o certificado de ciudadanía emitido por nosotros o por el Servicio de Inmigración y Naturalización de los EE. UU., Presente un Formulario N-565, Solicitud de reemplazo de documento de ciudadanía por naturalización. La aplicación N-565 está disponible en nuestro sitio web.
P: ¿Hay adaptaciones especiales para solicitantes con discapacidad para el proceso de naturalización?
R: Algunas personas con discapacidades necesitan una consideración especial durante el proceso de naturalización. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) hará todo lo posible para hacer ajustes razonables en estos casos. Por ejemplo, si usa una silla de ruedas, el USCIS se asegurará de que la ubicación de sus huellas digitales sea accesible para sillas de ruedas. Si tiene problemas de audición y desea traer un intérprete de lenguaje de señas a su entrevista, puede hacerlo. Solicitar una adaptación no afectará su elegibilidad para la naturalización. El USCIS toma decisiones sobre la realización de adaptaciones caso por caso.
P: ¿Necesito renovar mi tarjeta de residente permanente cuando el USCIS emite una nueva versión de la tarjeta?
R: No, solo necesita renovar su tarjeta de residente permanente cuando caduque.
P: ¿Puedo volver a convertirme en ciudadano estadounidense después de perder mi ciudadanía estadounidense una vez?
R: Probablemente, algunas decisiones de la Corte Suprema han abierto el camino para la revisión de muchos casos de pérdida de ciudadanía. Aunque cada caso es diferente, muchos no resisten el nivel revisado de escrutinio y pueden quedar sin efecto con la consiguiente restauración de la ciudadanía.
Nota: También puede pasar por el proceso de naturalización para recuperar la ciudadanía estadounidense, siempre que tenga una forma de adquirir la residencia permanente.
P: ¿Qué es CPIAP, Programa de alerta de emisión de pasaportes para niños?
R: Aparte del requisito de Consentimiento de dos padres para la emisión de pasaportes estadounidenses para menores de 14 años, los padres también pueden solicitar que se ingresen los nombres de sus hijos en el sistema de verificación de nombres de pasaportes de los EE. UU. El programa de alerta de emisión de pasaportes para niños proporciona:
Notificación a los padres de las solicitudes de pasaporte hechas en nombre de los niños menores y denegación de la emisión del pasaporte si las órdenes judiciales correspondientes están archivadas en CPIAP. Para obtener más información, comuníquese con la Oficina de Asuntos de la Infancia al 202-736-7000 o por fax al 202-312-9743. Vaya a más información sobre la Oficina de Asuntos de la Infancia.
P: ¿Cómo puedo cambiar mi nombre en mi pasaporte estadounidense?
R: Deberá completar el formulario DS-19, Solicitud de validación / enmienda de pasaporte, y enviarlo junto con lo siguiente:
- Documentación certificada de su cambio de nombre (por ejemplo, certificado de matrimonio, decreto de divorcio con su nuevo nombre)
- Su pasaporte actual y válido
P: ¿Existen pasos y reglas de naturalización especiales para el personal militar de los EE. UU.?
R: Sí, existen reglas especiales para el personal militar de EE. UU. Por favor refiérase a esto guía para obtener información detallada.