Índice de contenidos
- 1 Ajuste de estado
- 2 ¿Qué documentos se requieren para solicitar I-485 AoS?
- 3 Examen medico
- 4 Huellas dactilares / Biometría
- 5 Documento de autorización de empleo (EAD), formulario I-765 de USCIS
- 6 Libertad condicional anticipada (documento de viaje)
- 7 ¿Qué sucede si su límite de 6 años para la visa H-1 expira durante este tiempo?
- 8 ¿Puede incluir a su cónyuge e hijos para AoS?
- 9 ¿Cuáles son los nuevos requisitos para las fotografías de inmigración?
- 10 ¿Tendrás que presentarte a una entrevista?
- 11 Ejemplo de declaración jurada para el propósito de la tarjeta verde.
Ajuste de estado
El ajuste de estatus es la etapa final de la tarjeta verde. Una vez completado este proceso, el solicitante se convierte en residente permanente legal de los EE. UU.
Un solicitante puede optar por I-485 o por Procesamiento Consular (CP).
1. Presentar el formulario I-485: en este caso, el solicitante puede solicitar un ajuste de estado utilizando el formulario I-485 para él / ella y sus familiares mientras permanezca en los EE. UU.
2. Procesamiento consular: en este caso, el solicitante puede solicitar el ajuste de estatus en la oficina consular de los Estados Unidos en su país de origen. (Consulte nuestra sección separada sobre Procesamiento consular para obtener más detalles)
¿Qué documentos se requieren para solicitar I-485 AoS?
La siguiente es una lista genérica de documentos requeridos para solicitar la solicitud I-485 / AoS:
- Formulario I-485, Solicitud para registrar la residencia permanente o ajustar el estado.
- Certificado de nacimiento
- Copia de la página del pasaporte con visa de no inmigrante
- Fotografías en color según las nuevas directrices
- Huellas digitales (USCIS notificará cuándo y dónde proporcionar huellas digitales)
- Tarifa: Tarifa no reembolsable: (Consulte la lista de tarifas a continuación) mediante cheque o giro postal
- Formulario G-325A, Información biográfica (para personas entre las edades de 14 y 79 años)
- Carta de empleo: con membrete del empleador. Esta carta debe confirmar que el trabajo en el que se basa la solicitud de visa está disponible para usted y debe mencionar su salario.
- Copia de su Aviso de acción I-797, que demuestre que su I-140, Petición de inmigrante para trabajador extranjero, ha sido recibida o aprobada por el INS
- Formulario I-693, Examen médico de extranjeros que buscan ajuste de estatus. (Debe ser completado por el médico autorizado de USCIS)
- Formulario G-28 Aviso de presentación de comparecencia como abogado o representante. Esto permitirá que su abogado lo represente.
- Formulario I-765, Solicitud de autorización de empleo o EAD (Opcional, si desea una autorización de empleo mientras el caso está pendiente)
- Formulario I-131, Solicitud de documento de viaje (opcional, si desea un documento de viaje en caso de que tenga que viajar fuera de EE. UU. Mientras el caso está pendiente)
- Es posible que deba enviar copias del certificado de matrimonio o divorcio, certificado de defunción (del cónyuge), certificados de nacimiento de los hijos y copias certificadas de cualquier arresto o antecedentes penales, según su caso.
- Aparte de estos, es posible que se requieran más documentos y depende del caso individual. Se debe consultar a un abogado de inmigración para cualquier requisito adicional.
Examen medico
Todos los solicitantes de ajuste de estatus deben aprobar un examen médico realizado por un cirujano civil aprobado por el USCIS. Puedes encontrar un Médico aprobado por USCIS en su área en línea, o puede comunicarse con el Centro Nacional de Servicio al Cliente de USCIS al 1-800-375-5283 para encontrar un cirujano civil aprobado en su área.
El cirujano civil registrará los resultados del examen en el Formulario I-693 y lo colocará en un sobre sellado que debe enviarse al USCIS junto con la solicitud I-485.
Usted es responsable de pagar todos los honorarios del médico y del laboratorio por el examen. Debe llevar su pasaporte (u otra forma de identificación con foto) y su historial médico y de vacunación. Si se diagnostica una afección que lo hace inadmisible, aún puede ser elegible para inmigración después de completar el tratamiento para la afección.
Huellas dactilares / Biometría
Al solicitar el Ajuste de Estatus, se le tomarán las huellas digitales para que el USCIS pueda verificar los antecedentes penales y del FBI. El USCIS acepta tarjetas de huellas dactilares preparadas solo por sitios autorizados como los Centros de Soporte de Aplicaciones (ASC) y las oficinas consulares de los EE. UU. E instalaciones militares en el extranjero. Una vez que solicite la I-485, USCIS le enviará una carta con una cita para la toma de huellas dactilares y datos biométricos para la tarjeta verde en la ubicación de ASC más cercana. Debe tener la carta con usted cuando vaya a la biometría. Hay un cargo de $ 85 por persona. Una vez que se tomen sus datos biométricos, se le emitirá una tarjeta FD-258.
Recuerde: No debe enviar la tarjeta FD-258 con su solicitud. Si lo hace, la tarjeta será rechazada y tendrá que volver a tomar sus huellas digitales.
Documento de autorización de empleo (EAD), formulario I-765 de USCIS
Los miembros de su familia elegibles, como su cónyuge, pueden solicitar un EAD. Un EAD aprobado permite trabajar o hacer negocios al solicitante secundario (cónyuge). El solicitante principal puede tomar un trabajo de medio tiempo o comenzar un negocio siempre que continúe trabajando para el empleador que solicitó la Tarjeta Verde.
La solicitud de EAD (formulario I-765) se puede presentar al mismo tiempo que la I-485 o en cualquier momento posterior, siempre que la solicitud I-485 esté pendiente. Los siguientes documentos deben acompañar el formulario:
- Cargo de $ 410 pagadero con cheque o giro postal. $ 495, si paga junto con datos biométricos, $ 85. (Actualmente el Formulario I-765 no refleja este cambio, sin embargo, debe cumplir con las nuevas reglas o su solicitud será rechazada)
- 2 fotografías de pasaporte tomadas dentro de los 30 días posteriores a la presentación de la solicitud y según las nuevas pautas.
- Copias de ambos lados de su tarjeta I-94
- Copias de ambos lados de su EAD si ya tenía uno.
Dependiendo del centro de servicio, la aprobación de EAD puede demorar de algunas semanas a algunos meses. Aquellos que son solicitantes secundarios y no tienen un Número de Seguro Social o no están autorizados a trabajar pueden solicitar el Número de Seguro Social después de recibir la Tarjeta EAD.
Libertad condicional anticipada (documento de viaje)
La libertad condicional anticipada o el documento de viaje se utiliza para solicitar la admisión a los Estados Unidos al regresar del extranjero sin tener que obtener una visa de una embajada o consulado estadounidense. Debe completar el Formulario I-131 para la libertad condicional anticipada. Hay una tarifa de llenado no reembolsable que se puede pagar con cheque o giro postal. Consulte a continuación la estructura de tarifas completa para el Formulario I-131. Este documento generalmente se emite por el tiempo que toma procesar la solicitud de AoS y es válido para múltiples entradas. Una vez que se apruebe su solicitud de permiso anticipado (documento de viaje), recibirá 2 copias del formulario I-512. Debe llevar las 2 copias cuando viaje fuera de los EE. UU. Por primera vez. El oficial de USCIS se llevará una copia en el puerto de entrada. La segunda copia es para usted y debe usarse durante todos los viajes posteriores.
¿Qué sucede si su límite de 6 años para la visa H-1 expira durante este tiempo?
Una vez que solicita AoS, su estado se considera como «solicitante de ajuste de estado». Puede permanecer en los EE. UU. Incluso después de que haya expirado su límite de 6 años hasta que se complete el proceso I-485. Si no ha solicitado AoS y se alcanza su límite de 6 años, debe solicitar una extensión de 1 o 3 años de la visa H-1. Si está calificado para solicitar la extensión H-1 dependerá del estado de su solicitud de tarjeta de residencia basada en el empleo.
¿Puede incluir a su cónyuge e hijos para AoS?
Sí, puede incluir a su cónyuge e hijos menores de 21 años al momento de presentar el I-485 para el ajuste de estatus. Debe enviar todos los documentos requeridos para AoS para cada dependiente (excepto el formulario G-28). Además, es posible que deba presentar el Formulario I-134 (Declaración jurada de apoyo) para cada dependiente. Otros documentos pueden incluir:
- Copia de pasaporte con I-94
- Copia de visa I-797 y H-4
- Copia del acta de nacimiento
- Copia del acta de matrimonio
- Extractos bancarios originales
- Fotos de pasaporte según la nueva normativa
¿Cuáles son los nuevos requisitos para las fotografías de inmigración?
El USCIS ahora aceptará fotografías estándar de pasaporte donde el sujeto esté frente a la cámara. Los solicitantes que presentaron solicitudes antes del 1 de septiembre de 2004 no necesitarán realizar ningún cambio, pero los nuevos solicitantes deberán cumplir con las regulaciones modificadas. Todas las fotos deben ser idénticas. Puede leer las nuevas regulaciones en el sitio web de USCIS. Visite el sitio web de las Pautas para fotografías del Departamento de Estado para averiguar cómo puede tomar fotografías que cumplan con los requisitos en su hogar.
¿Tendrás que presentarte a una entrevista?
Por lo general, la entrevista no se aplica a la mayoría de los solicitantes. Si lo llaman para una entrevista, será una formalidad. Es recomendable que le acompañe su abogado. El motivo de la entrevista es aclarar cualquier cambio o corrección y verificar que todos los documentos sean correctos. Es posible que se le solicite que lleve consigo cualquier documento que falte o sea incorrecto. Es posible que le soliciten registros de impuestos y talones de pago.
Si se renuncia a su entrevista (o si se completa y cumple con todos los requisitos), recibirá una carta de aprobación del USCIS. Debe ir al centro de servicio local de USCIS con su pasaporte y todas las tarjetas I-94 y EAD. Se colocará un sello de tarjeta de residencia temporal (I-551) en su pasaporte. Esta es una tarjeta verde interina en caso de que necesite viajar fuera de los EE. UU. En unos meses, su tarjeta verde llegará por correo; no es de color verde y se parece más a una licencia de conducir o una tarjeta de crédito.
Lista de tarifas para el Formulario I-485
Consulte la tabla a continuación para determinar su tarifa de presentación:
Menores de 14 años y presentando la solicitud I-485 de al menos uno de los padres | $ 750 | $ 0 | $ 750 |
Menores de 14 años y que no presenten la solicitud I-485 de al menos uno de los padres | $ 1,140 | $ 0 | $ 1,140 |
14 – 78 años | $ 1,140 | $ 85 | $ 1,225 |
79 años o más | $ 1,140 | $ 0 | $ 1,140 |
Presentar el Formulario I-485 basado en haber sido admitido en los Estados Unidos como refugiado | $ 0 | $ 0 | $ 0 |
Estructura de tarifas para el Formulario I-131
Nota: No necesita pagar una tarifa adicional por el Formulario I-131 si:
- Está presentando el Formulario I-131 de Solicitud Tipo B o D;
- Presentó un Formulario I-485 con una tarifa a partir del 30 de julio de 2007; y
- Su Formulario I-485 aún está pendiente.
13 o menor | $ 575 | $ 0 | $ 575 |
14 hasta 79 | $ 575 | $ 85 | $ 660 |
80 o más | $ 575 | $ 0 | $ 575 |
13 o menor | $ 105 | $ 0 | $ 105 |
14 o 15 | $ 105 | $ 85 | $ 190 |
16 hasta 79 | $ 135 | $ 85 | $ 220 |
80 o más | $ 135 | $ 0 | $ 135 |
Libertad condicional anticipada – Tipo D (Formulario I-485 pendiente; Formulario I-821 pendiente; o Formulario I-821D aprobado) | $ 575 | $ 0 | $ 575 |
Libertad condicional anticipada – Tipo E (libertad condicional humanitaria) | $ 575 | $ 0 | $ 575 |
Libertad condicional anticipada – Tipo F (libertad condicional humanitaria) | $ 575 | $ 0 | $ 575 |
Ejemplo de declaración jurada para el propósito de la tarjeta verde.
Enlaces recomendados: consejos sobre cómo evitar RFE en la I-485