La visa de visitante de EE. UU. Es una visa de no inmigrante de los EE. UU. Emitida para personas que ingresan a los Estados Unidos temporalmente por negocios (B-1) o por placer / tratamiento médico (B-2). Estos generalmente se emiten por un período de seis meses, pero se puede otorgar una extensión máxima adicional de 6 meses según la aprobación del USCIS.
Si desea extender su fecha I-94 o extender la estadía de visa de visitante estadounidense en los Estados Unidos, debe presentar una solicitud ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS) en el Formulario I-539, Solicitud para extender / cambiar no inmigrante Estado antes de que expire su estancia autorizada. Si permanece en los Estados Unidos más tiempo del autorizado, se le puede prohibir regresar y / o ser expulsado (deportado) de los Estados Unidos. Verifique las fechas en línea para determinar cuándo vence su estadía autorizada. USCIS recomienda que solicite extender su estadía al menos 45 días antes de que expire su estadía autorizada.
Índice de contenidos
- 1 Puede solicitar extender su estadía si:
- 2 Documentos necesarios para la extensión de la visa estadounidense:
- 3 ¿Cuándo debo solicitar la extensión de Visa?
- 4 ¿Qué sucede después de presentar la solicitud?
- 5 ¿Qué pasa si se quedó más tiempo con la visa de EE. UU.?
- 5.1 Si el CIS rechazó mi solicitud de permanecer más allá de mi período inicial de admisión, ¿cuánto tiempo tengo antes de tener que salir de los EE. UU.?
- 5.2 Tengo una visa B1-B2 y quiero extender mi estadía, ¿Debo solicitar la extensión de la visa O simplemente ir a Canadá o México y volver a ingresar, obtendré una nueva I-94 con 6 meses?
- 5.3 ¿Cuánto tiempo puede quedarse después de solicitar la extensión de la visa?
- 5.4 ¿Qué pasa si presento a tiempo la extensión de la visa, pero salgo de Estados Unidos antes de que USCIS tome una decisión sobre mi solicitud?
- 6 Consejos
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Puede solicitar extender su estadía si:
- Tiene una razón legítima válida para solicitar la extensión de la visa, en la categoría de visa.
- Fue admitido legalmente en los Estados Unidos con una visa de no inmigrante
- Su estado de visa de no inmigrante de EE. UU. Siguió siendo válido
- No ha cometido ningún delito que lo haga inelegible para una visa
- No ha violado las condiciones de su admisión a EE. UU.
- Su pasaporte es válido y seguirá siendo válido durante la duración de su estancia.
- Tiene planes definidos para dejar los Estados Unidos al final del período de extensión de visa propuesto.
- Se proporciona evidencia adecuada de apoyo financiero.
Nota: Es posible que no solicite extender su estadía si fue admitido en los Estados Unidos en las siguientes categorías:
- Miembro de la tripulación (visa D de no inmigrante)
- En tránsito por los Estados Unidos (visa C de no inmigrante)
- En tránsito por los Estados Unidos sin visa (TWOV)
- Programa de Exención de Visa
- Prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (visa K de no inmigrante)
- Informante (y familia acompañante) sobre terrorismo o crimen organizado (visa S de no inmigrante)
Documentos necesarios para la extensión de la visa estadounidense:
¿Cuándo debo solicitar la extensión de Visa?
USCIS recomienda que solicite extender su estadía al menos 45 días antes de que expire su estadía autorizada, pero el Centro de Servicio de USCIS debe recibir su solicitud el día en que expire su estadía autorizada.
¿Qué sucede después de presentar la solicitud?
Una vez que presente la solicitud de extensión de visa, USCIS le enviará un recibo con un número de recibo (13 dígitos) Este es su número de caso. El tiempo aproximado de tramitación se indicará en el recibo.
También se le dará una cita de biometría en su ASC más cercano para que le tomen las huellas digitales. Esto es aplicable tanto para el solicitante principal como para todos los codependientes independientemente de la edad, incluidos los menores.
Hay una tarifa biométrica de $ 85 aplicable a todos los solicitantes, incluidos los menores.
Se le puede permitir permanecer en los EE. UU. Durante 240 días después de la fecha de vencimiento de su I-94, siempre que haya solicitado una extensión de su estadía antes de que venza su I-94 y su solicitud aún esté en revisión.
Puede verificar y verificar el estado de su caso de extensión de visa en línea usando el número de caso / recibo.
O llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente al 1-800-375-5283
Si se aprueba la extensión de la visa:
Si se aprueba su solicitud de extensión, se le emitirá un I-94 de reemplazo con una nueva fecha de salida. Haga una copia de esta carta de aprobación y la I-94 y consérvelas en su registro, serán útiles para futuras entradas a los EE. UU. Debe llevarlos consigo cuando haga su próximo viaje a EE. UU. O solicite una nueva visa para EE.
Puede permanecer en EE. UU. Hasta esta nueva fecha I-94. Cuando salga de los EE. UU., Debe enviar tanto el I-94 (antiguo como el nuevo) al personal de la aerolínea en el mostrador de facturación.
Vea un ejemplo de aviso de aprobación de extensión de visa (I-539).
Si se niega la extensión de Visa:
Si su solicitud de extensión de visa es rechazada o rechazada, recibirá una carta que le informará por qué se rechazó la solicitud. A continuación, se le pedirá que salga de EE. UU. Inmediatamente.
¿Qué pasa si se quedó más tiempo con la visa de EE. UU.?
- Si usted es titular de una visa de entrada múltiple en los Estados Unidos y se quedó más tiempo, su visa de entrada múltiple puede quedar anulada según la regla INA 222 (g / 2).
(Tenga en cuenta que no siempre es cierto que la estadía excesiva signifique que la visa se anule. Este puede ser el peor de los casos para aquellos que se quedaron más de varios meses, etc.) - Es posible que no se le permita ingresar a EE. UU. En el puerto de entrada.
- Puede ser deportado si no se va a tiempo.
Dado que no se conoce el tiempo necesario para la aprobación, lo mejor que debe hacer una persona es mantener el plan de viaje listo en función de las fechas originales de la I-94 si obtiene la aprobación está bien, de lo contrario debe abandonar el país. De esta manera, mantiene su opción de ingresar a EE. UU. En el futuro y evitar problemas legales.
No importa cuál sea el resultado de la solicitud de extensión, siempre debe guardar copia y prueba de todo el papeleo y la comunicación que hizo con USCIS, esto será útil para su futura necesidad de visa para un futuro viaje a los EE. UU.
Si el CIS rechazó mi solicitud de permanecer más allá de mi período inicial de admisión, ¿cuánto tiempo tengo antes de tener que salir de los EE. UU.?
El CIS generalmente le permite 30 días para salir de los EE. UU. A partir de la fecha de la carta que le notifica su decisión de denegar una extensión. Si no sale dentro de los 30 días, se lo considerará deportable. El CIS advierte que si se le niega el permiso para extender su estadía, puede tener problemas con los consulados en el extranjero la próxima vez que solicite una visa de los EE. UU. Porque sus registros informáticos indicarán que no abandonó los EE. UU. Dentro del plazo de su solicitud inicial período de entrada. Asegúrese de guardar su carta de rechazo y prueba de la fecha de su salida (una tarjeta de embarque es lo mejor, pero los sellos de pasaporte que muestren la entrada a otro país también son útiles) para entregárselos al consulado la próxima vez que solicite una nueva visa. Tenerlos puede mitigar su aparente exceso de estadía y podría mejorar sus posibilidades de renovar su visa sin la restricción de cinco años que generalmente se aplica a las personas que han excedido su visita.
Fuente : Sitio web oficial de la Aduana de EE. UU.
Tengo una visa B1-B2 y quiero extender mi estadía, ¿Debo solicitar la extensión de la visa O simplemente ir a Canadá o México y volver a ingresar, obtendré una nueva I-94 con 6 meses?
Las visas B1 y B2 generalmente se emiten por un período de 10 años. Cada visita puede durar hasta seis meses, aunque algunas categorías de visitantes pueden solicitar extender su visita por 6 meses más. Durante su visita a los EE. UU., Puede visitar Canadá, México o las islas del Caribe (no Cuba) por hasta 30 días y volver a ingresar a los EE. UU. Siempre y cuando vuelva a ingresar dentro del período indicado en el Formulario I – 94 que recibió cuando ingresó por primera vez.
Por ejemplo, si viene a los EE. UU. El 10 de julio de 2005 con una visa de visitante B2, puede ir a Canadá y / o México el 10 de noviembre o después, y volver a ingresar a los EE. UU. En cualquier momento hasta el 10 de diciembre. El período de mes finaliza el 10 de diciembre de 2005, también tendrá que salir de los EE. UU. ese mismo día para evitar una «estadía excesiva» (a menos que haya solicitado una extensión de estadía).
Leer más: Visitar México o Canadá con preguntas frecuentes sobre visas de EE. UU.
¿Cuánto tiempo puede quedarse después de solicitar la extensión de la visa?
Si USICS recibe su solicitud antes de que expire su estado (o, en casos excepcionales, excusamos la presentación después de que expire su estado debido a circunstancias fuera de su control), y si no ha violado los términos de su estado y cumple con los requisitos básicos de elegibilidad, entonces puede continuar sus actividades previamente aprobadas en los EE. UU. (incluido el trabajo previamente autorizado, por un período de hasta 240 días), hasta que tomemos una decisión sobre su solicitud o hasta que se cumpla el motivo de la extensión solicitada, lo que ocurra primero.
[ Source : USCIS ]
¿Qué pasa si presento a tiempo la extensión de la visa, pero salgo de Estados Unidos antes de que USCIS tome una decisión sobre mi solicitud?
Si abandona los EE. UU. Antes de que se tome una decisión sobre su solicitud de extensión y planea regresar a los EE. UU. En el futuro, conserve una copia de su solicitud más el aviso de recibo para mostrar al inspector de inmigración en su viaje de regreso al EE.UU. De lo contrario, se le puede negar la entrada por quedarse más tiempo en su última visita.
[ Source: USCIS]
Nota: Si obtuvo la extensión de la visa aprobada con éxito, recibirá un nuevo I-94 adjunto a la carta de aprobación. Debe hacer una copia de esta carta. Al salir de EE. UU., Debe entregar este nuevo I-94 en el mostrador de facturación de la aerolínea junto con el I-94 anterior.
Consejos
- No solicite la extensión inmediatamente después de llegar a EE. UU., Los funcionarios de USCIS pueden tomarla como un acto planificado previamente.
- Recuerde: la fecha de vencimiento de su límite de estadía es la fecha en la etiqueta del formulario I-94 adjunta a su pasaporte, y no la fecha estampada en su visa.
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