Al ingresar a los Estados Unidos como visitante, la autoridad de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) estampa el documento de viaje de cada viajero no inmigrante que llega en un Puerto de Entrada. Esta información también incluye la clase de admisión y la fecha de admisión del viajero hasta. Para verificar el estado migratorio o la autorización de empleo, el número de registro y otra información de admisión, un formulario en línea llamado I-94 El registro de llegada / salida especificará los detalles. Estas fechas en el mismo son exigibles por ley y desafiarlas puede tener consecuencias perjudiciales que van desde ser deportado inmediatamente hasta que se le nieguen futuras entradas. Se deben tener en cuenta las siguientes precauciones y consecuencias para garantizar la validez de un período de visa:
Presencia ilícita que le impida volver a entrar:
– Quedarse más de 180 días pero menos de un año y salir del país antes de que se inicien los procedimientos de deportación conlleva que se le impida volver a ingresar a los EE. UU. Durante tres años a partir de la fecha de salida.
– Quedarse más de un año después de que expire su período de estadía autorizado no podrá volver a ingresar a los EE. UU. Durante diez años a partir de la fecha de salida.
Prohibido cambiar de estado:
-Las personas que se han quedado más allá de su período de tiempo asignado no pueden cambiar, extender o incluso ajustar el estado de su visa a otro estado de no inmigrante o inmigrante.
Anulación de visa:
-La visa se anula automáticamente el día después de la fecha estampada en el I-94. Acumulación de presencia ilegal más allá de esta fecha. Las leyes de inmigración de los Estados Unidos hacen cumplir esta ley de manera muy estricta.
Regresar al Consulado del País Padre:
-Una vez que el individuo ha sobrepasado la fecha de visa estipulada, debe regresar a su país de nacionalidad para obtener una nueva visa. No se permite ningún consulado alternativo a menos que se pueda otorgar el consentimiento de un consulado de un tercer país con respecto a «circunstancias extraordinarias».
Las sanciones por permanecer con una visa vencida pueden ser severas y conllevar algunas consecuencias a largo plazo. Para evitarlos y mantenerse en el lado correcto de las leyes de inmigración de los EE. UU., Aquí hay algunas cosas que debe tener en cuenta:
- Salga del país en o antes de la fecha estampada en la I-94
- Presentar una solicitud oportuna (mínimo 45 días antes del vencimiento de la visa) para una Prórroga de estancia, Cambiar o ajustamiento de estado
- El prometido de un ciudadano estadounidense o dependiente de un prometido (visa K de no inmigrante) no puede solicitar una extensión
- Documente siempre su itinerario de viaje, incluidas las fechas y los billetes
- Si viaja por aire o mar, asegúrese de llevar todas las versiones en línea del I-94
- Dado que la información anticipada solo se transmite para los viajeros aéreos y marítimos, se emite un formulario en papel de I-94 en los puertos de entrada fronterizos terrestres.
Si los viajeros buscan extender su estadía, existen procedimientos a seguir que pueden iniciarse con un mínimo de 45 días de anticipación al vencimiento. Para obtener más información sobre el estado de su visa actual y obtener asesoramiento legal asequible y confiable sobre cómo evitar la acumulación de multas por quedarse más tiempo en el período de su visa, puede comunicarse con abogados de inmigración en Lawbench.com.